
ASESORAMIENTO INTEGRAL Y DEFENSA EN TEMAS LABORALES
Entendemos la importancia de proteger los derechos de trabajador y empresario a través de un asesoramiento legal experto en una amplia gama de cuestiones laborales:
¿Que servicios ofrecemos como abogados laborales?
- Gestión de conflictos: Asistencia y representación en disputas laborales que puedan crearse entre empleador – empleado (despidos, reclamación de salarios...)
- Negociación y mediación: Negociación de acuerdos en materia de trabajo con el objeto de buscar una solución extrajudicial satisfactoria para el cliente.
- Procedimientos legales y litigios: Representación ante los Tribunales en litigios en materia laboral, defendiendo los derechos e intereses del cliente de la forma más eficaz.
- Asesoramiento a empresas: Asesoramiento legal a departamentos de recursos humanos en la elaboración de políticas internas, procedimientos disciplinarios y contratación.
Consulta con un abogado a fin de estudiar el asunto y presentar una papeleta de conciliación, ya que es la forma de comenzar con el proceso. Recuerda que para la presentación de papeleta existe un plazo de tan sólo 20 días desde la comunicación del despido.
Tras la interposición de la papeleta, se citará a las partes (trabajador y responsables de la empresa) en aras de conseguir un acuerdo y evitar acudir a los juzgados. En caso de no alcanzarse acuerdo, habrá de interponerse una posterior demanda con las pruebas de las que disponga el trabajador con el fin de obtener una sentencia que declare el despido como improcedente.
No. Las vacaciones no se pierden por estar de baja por enfermedad. El empleado tiene el mismo derecho a disfrutar de sus vacaciones.
Es más, si el contrato de trabajo termina durante el período de baja y existen vacaciones no disfrutadas, la empresa deberá abonar los días pendientes de vacaciones que no haya podido disfrutar en el finiquito.
Efectivamente, según la jurisprudencia se determina como accidente de trabajo los percances producidos “con ocasión o por consecuencia del trabajo”, lo que incluye este tipo de desplazamientos.
Recuerda que, para considerarse accidente de trabajo, debe producirse en el trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo o viceversa, siendo la finalidad del desplazamiento la de acudir o volver del trabajo.
Este accidente debe producirse dentro del tiempo que se dedica al desplazamiento de forma habitual en condiciones normales, y el medio de transporte utilizado debe ser el adecuado y habitual. Es importante saber que, en caso de imprudencia del trabajador, deja de tener consideración de accidente laboral “in itinere”.
Sí, te corresponde bonificación siempre y cuando se realice un contrato indefinido, a tiempo completo o parcial.
Recuerda que, para acceder a esta bonificación, la empresa deberá mantener en empleo al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral y, además, mantener el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato durante, al menos, dos años desde la celebración.
En caso contrario, se deberá reintegrar el incentivo. El importe de bonificación lo será sobre la cuota empresarial a la Seguridad Social. en caso de hombres, 1300 euros/año y, en caso de mujeres 1500 euros/año.